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La emisión de CFDI Global de Gasolineras se aplaza... Conoce los requisitos para seguir facturando g

A partir de este 1ro de Agosto, todos los contribuyentes obligados a llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos que se refiere en la regla 2.6.1.2 de la RMF 2020 estarían obligados a emitir sus CFDI’s de manera individual, sin embargo a través de la 2da Resolución de Modificaciones a la RMF 2020 que se publicó a finales de Julio, el artículo 27 transitorio fue reformado, por lo que sólo algunos contribuyentes de la citada regla (2.6.1.2), podrán seguir emitiendo un CFDI diario, semanal o mensual por todas las operaciones que realicen con el público en general, hasta el 31 de diciembre de 2020.

¿Quiénes seguirán gozando de este beneficio?

Según la regla 2.6.1.2 los contribuyentes que pueden seguir emitiendo CFDI global por operaciones con público general son:

  • Personas físicas o morales que distribuyan gas natural o petrolíferos

  • Personas físicas o morales que vendan gas natural o petrolíferos

Requisitos para gozar de este beneficio

Para que los contribuyentes arriba mencionados, pueden seguir emitiendo sus CFDI’s de forma global necesitan cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Emitan comprobantes de operaciones con el público en general que cumplan con lo establecido en la regla 2.7.1.24. (CFDI Global), tercer párrafo, fracción III.

  1. Emitan el CFDI global de acuerdo con la guía de llenado publicada en el Portal del SAT por todas sus operaciones, inclusive aquéllas en las que los adquirentes no soliciten comprobantes y cuyo monto sea inferior a $100.00 mxn

  1. Envíen a partir del 1 de enero de 2021, a través del Portal del SAT, la información de controles volumétricos de conformidad con las “Especificaciones Técnicas para la Generación del Archivo XML mensual de Controles Volumétricos para Hidrocarburos y Petrolíferos” o las “Especificaciones Técnicas para la Generación del Archivo JSON mensual de Controles Volumétricos para Hidrocarburos y Petrolíferos”, según corresponda, publicadas en el Portal del SAT.

Para conocer más los detalles y requisitos de la información que debes enviar, consulta el artículo 27 transitorio de la 2da Resolución de Modificaciones a la RMF 2020.

¿Qué pasa si no cumplo con los requisitos mencionados?

Los contribuyentes que incumplan cualquiera de las condiciones establecidas en el presente transitorio, perderán el derecho a poder emitir CFDI global, y estarás obligado a comprobar cada compra o venta de hidrocarburo de forma individual.

Para obtener más información al respecto puedes consultar la RMF 2020 y la 2da Resolución de Modificaciones a través del siguiente enlace:

También te compartimos el enlace dónde puedes consultar el Apéndice 3 de la Guía de Llenado del CFDI Global, específicamente para emitir el CFDI Global con los requisitos solicitados para este tipo de contribuyentes:

En conclusión...

Estás a tiempo de ordenar la forma en que desempeñas tu actividad en lo que dicha disposición entra en vigor,es muy importante estar al tanto de los anuncios del SAT para evitar sanciones. Muchos especialistas en el tema creen que al facturar cada consumo en las gaseras o gasolineras, se evitará la evasión de impuestos e informar la venta real diaria.

Por otro lado es una medida para acabar con el huachicol, ya que se tendrá un control total de la venta y volúmenes por cada proveedor de Hidrocarburos y Petrolíferos

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