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¿Sabes cuándo debes emitir facturas por anticipos?

El Art. 29 del Código Fiscal de la Federación indica que debemos generar facturas por los actos o actividades y/o los ingresos que se perciban, por lo que si nos encontramos frente a un Anticipo tenemos la obligación de expedir un comprobante fiscal por dicha operación.


Con la ola de nuevas actualizaciones en materia de comprobantes fiscales, el SAT ha establecido ciertas reglas para el manejo de los Anticipos, las cuales te comentamos a continuación.


¿En qué casos se considera que nos encontramos frente a un Anticipo?


Cuando se realice un pago en dónde:


  1. No se conoce o no se ha determinado el bien o servicio que se va a adquirir o el precio del mismo.

  2. No se conoce o no se ha determinado ni el bien o servicio que se va a adquirir ni el precio del mismo.


Si caes en alguno de los supuestos anteriores, tienes la obligación de emitir una factura por el anticipo recibido.


¿En qué casos no se considera Anticipo?

  1. En la entrega de una cantidad por concepto de Garantía o Depósito

(Ejemplo: Depósito que realiza por el arrendatario al arrendador para garantizar el pago de las rentas en el caso de un contrato de arrendamiento inmobiliario)


  1. En el caso de operaciones en las cuales ya exista acuerdo sobre el bien o servicio que se va a adquirir y de su precio, aunque se trate de un acuerdo no escrito, y el comprador o adquirente del servicio realiza el pago de una parte del precio, estamos ante una venta en parcialidades y no ante un anticipo.

¿Como se debe facturar un Anticipo?


Actualmente la Guía de Llenado del Anexo 20, nos indica 2 procedimientos para facturar y aplicar anticipos.


  1. Facturación aplicando Anticipo con CFDI de Egreso


Este procedimiento consiste en emitir una factura por el anticipo recibido, luego otra factura por la operación total cuando ya se conozcan los productos y el precio de los mismos y finalmente emitir una nota de crédito para eliminar el efecto del anticipo.


  1. Facturación aplicando Anticipo con Remanente de la Contraprestación


Este procedimiento consiste en emitir una factura por el anticipo recibido y luego emitir otra factura por el valor total cuando ya se conozcan los productos y el precio de los mismos aplicando el anticipo como descuento, obteniendo así la diferencia pendiente de cobro.


Mantente al pendiente de nuestro Blog porque más adelante daremos a conocer las particularidades y requisitos que debe cumplir cada uno de los comprobantes generados dependiendo del procedimiento seleccionado.


¿Necesitas facturar?

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