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Guía para la emisión de CFDI de entrega y comprobación de viáticos


¿Sabes cual es la forma correcta de emitir un CFDI de Nómina por concepto de Entrega y Comprobación de Viáticos?, ¿No? Tranquilo, nosotros te enseñamos.


Con la entrada en vigor del Complemento 1.2 de Nómina y la incorporación de la sección “Otros Pagos”, ahora se deben informar no lo sólo los viáticos que ya hayan sido comprobados, sino también la entrega de los recursos para poder efectuar los gastos de viaje...



  • Entrega de Viáticos


La entrega de viáticos al trabajador se puede reportar en la sección “Otros pagos” utilizando la clave “003” (Viáticos entregados al trabajador) en cualquiera de las siguientes formas:

a) En el CFDI de nómina del período que comprenda la fecha en que el recurso fue entregado al trabajador.


b) ​En el CFDI de nómina siguiente a aquel que corresponda a la fecha en que fue entregado el recurso al trabajador, siempre y cuando se emita dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de la entrega del recurso al trabajador y dentro del mismo ejercicio fiscal en que se entregó el recurso al trabajador.


c) ​En un CFDI de nómina independiente, que ampare sólo la entrega del viático, siempre y cuando se emita dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de la entrega del recurso al trabajador y dentro del mismo ejercicio fiscal en que se entregó el recurso al trabajador.


Ejemplo: Se le entregan $2,500.00 pesos de viáticos al trabajador Juan Pérez el día 13 de Septiembre, la periodicidad de su nómina es quincenal.


El Patrón debe emitir el CFDI del viático entregado con cualquiera de las siguientes opciones:


a) El patrón puede incluir el viático entregado en el CFDI que emita de la nómina de su trabajador correspondiente a la 1ra Qna de Septiembre (Del 1 al 15 de Septiembre)


b) El patrón puede incluir el viático entregado en el CFDI que emita de la nómina de su trabajador correspondiente a la 2da Qna de Septiembre (Del 16 al 30 de Septiembre) siempre que se cumplan las reglas anteriormente mencionadas


c) El patrón puede emitir un CFDI de nómina independiente por el viático entregado con plazo hasta el 13 de Octubre


Comprobación de Viáticos


Los viáticos comprobados a los que se aplique lo dispuesto en el artículo 93 fracción XVII de la LISR y 152 del Reglamento de la LISR, deberán reflejarse en el CFDI de nómina en el campo “TipoPercepción” usando la clave “050” (Viáticos) en el campo importe exento.





  • Los viáticos que no se comprueben por parte del trabajador o no reúnan los requisitos fiscales y a los que no les aplique lo dispuesto en el artículo 152 del Reglamento de la LISR, así como los no deducibles para el patrón deberán reflejarse en el CFDI de nómina en el campo “TipoPercepción” usando la clave “050” (Viáticos) en el campo importe gravado.


Una vez registrados los viáticos comprobados y no comprobados, se deberá registrar la misma cantidad como descuento en el campo “TipoDeducción” usando la clave “081” (Ajuste en Viáticos entregados al trabajador) con la finalidad de realizar el neteo de las cantidades previamente entregadas.


Ejemplo: El trabajador Juan Pérez viaja a la Ciudad de México el 16 de Septiembre para brindar asesoría a uno de los clientes de la empresa, durante su viaje obtiene los siguientes comprobantes que integra en su comprobación de gastos el día 17 de septiembre:


  • Hospedaje: $1,500.00 (CFDI del Hotel)

  • Alimentos: $ 800.00 (CFDI de los Consumos)

  • Transporte $ 200.00 (Tickets de los Taxis)


El patrón decide emitir de forma inmediata el CFDI de nómina por los viáticos comprobados sin esperar a incluirlos en el comprobante de la próxima quincena, conforme a lo siguiente:


Se debe registrar en el campo “Importe Exento” de la Percepción “050” (Viáticos), el monto del los viáticos comprobados con Comprobantes Fiscales “CFDI” ($2,300.00) y en el campo “Importe Gravado” de la Percepción “050” (Viáticos), el monto de los viáticos no comprobado con Comprobantes Fiscales “CFDI” ($200.00), ya que además no se cumplieron con los requisitos del artículo 152 del Reglamento de la LISR, finalmente se registra la Deducción “081” (Ajuste en Viáticos entregados al trabajador) por la misma cantidad en el campo “Importe” ($2,500.00).


Tomar en cuenta que…


Los viáticos entregados y no comprobados en el mismo periodo que ampara el CDFI de nómina emitido, deben registrarse en el campo “TipoOtroPago” y clasificarlo con la clave 003 (Viáticos entregados al trabajador) del catálogo c_TipoOtrosPago.


¿Como se deben reportar los reintegros, devoluciones o cantidades descontadas al trabajador por viáticos no utilizados?


En el caso de descuento vía nómina por concepto de viáticos no utilizados, se deberá reflejar en el apartado de deducciones dicho importe con la clave “004” (Otros).


Los reintegros o devoluciones de viáticos que realice el trabajador directamente al patrón (ejemplo depósito, efectivo, transferencia) no se reportarán a través del CFDI de nómina, sin embargo se deberá resguardar el documento que ampare dicho reintegro.


 

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