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PRODECON ¿como me puede ayudar?


prodecon, procuraduria de la defensa del contribuyente,



La PRODECON, acrónimo de la Procuraduria de la Defensa del Contribuyente, es un organismo autónomo que se encarga de brindar a los contribuyentes mexicano asesoría, representación y defensa legal; protección y salvaguarda de sus derechos, atención a problemáticas inherentes al sistema tributario, así como intermediación y solución de conflictos en auditorias fiscales; y recientemente se incluyo la elaboración de acuerdos conclusivos.


*Ejerce sus funciones con una ley de solo 28 artículos, mas seis del Código Fiscal de la Federación, que se refieren a los acuerdos conclusivos.

*Ademas es un organismo que puede llevar juicios de amparo incluso contra normal contenidas en leyes aprobadas por el Congreso de la Unión en materia fiscal, y juicios ordinarios, de control de legalidad hasta cierto monto.

*acuerdos conclusivos grandes empresas los utilizan, debido al blindaje jurídico y la transparencia que aportan, pues son inimpugnables e incontrovertibles, no procediendo en su contra ni tan siquiera el denominado juicio de lesividad.

*Se puede obtener apoyo por internet o vía telefónica.

*Busca que los contribuyentes tributen de acuerdo a su verdadera capacidad.

*La queja, un procedimiento alternativo, sumario, flexible e informal, con que cuenta el contribuyente y resulta de gran utilidad practica para solucionar conflictos con las autoridades fiscales.


Beneficios del recurso de queja:


1. Es una alternativa para que el contribuyente sea defendido ante problemas que no podrian ser objeto de un medio de defensa, como por ejemplo, una carta invitación del SAT.

2. LA Queja ha servido para dirimir problemas que enfrentan los pagadores de impuestos con auxiliares de la administración tributaria, como por ejemplo los retenedores o proveedores que no emiten las factura correspondiente por sus servicios.

3. La figura de la Queja da una ultima oportunidad al contribuyente de hacer valer sus derechos ante un acto de las autoridades fiscales, como un adeudo, una multa o una negativa de devolución de que el contribuyente por algún motivo no impugno.

*La revisión fiscal constituía un ambiente hermético donde no se sabia que pasaba dentro de la auditoria,a hora en cambio el contribuyente puede optar por interponer un escrito ante la PRODECON solicitando un acuerdo conclusivo, señalando cuales son las calificaciones de hechos u omisiones producidas durante el ejercicio de las facultades de comprobación de la autoridad y con las cuales no esta de acuerdo; con esto la procuraduria empieza su labor de mediación, misma que tiene por objeto que las diferencias sean superadas sobre la base de una nueva calificación de los hechos u omisiones consignados o incluso de una depuración o redefinición de los propios hechos u omisiones, o bien, de la forma en que deben ser interpretadas las disposiciones fiscales involucradas, de tal forma que ya no sea la auditoria, un ambiente exclusivo de la autoridad fiscal y no rija siempre el criterio de aquella por encima del que tenga el contribuyente.


Lo anterior a disminuido temas que de ordinario eran causa de conflictos entre el contribuyente y la autoridad fiscal, tales como:


*Cuando la autoridad no le daba el justo valor a las pruebas que exhibía el contribuyente durante el procedimiento de comprobación fiscal.

*La identificación de gastos como estrictamente indispensables.

*La materialidad de las operaciones del contribuyente.

*Los prestamos que amparan depósitos, entre otros.

Otra facultad de la PRODECON son los análisis sistémicos referentes a problemas recurrentes derivados de la relación fisco-contribuyente.

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